Inter partes
Inter partes es una locución latina que significa "entre las partes", utilizada en derecho para referirse a la aplicabilidad de una norma, un acto o un contrato. Significa que una norma se aplica únicamente a los sujetos que lo celebraron o aprobaron, en contraposición con las normas erga omnes (frente a todos) que aplican a toda la generalidad. Normalmente, para que un contrato tenga efectos más allá de inter partes y sea oponible a terceros, es necesario que cumpla ciertas formalidades que normalmente tienen fines publicitarios, como haber sido inscritos en un registro público.
Inter partes es una locución latina que significa "entre las partes", utilizada en derecho para referirse a la aplicabilidad de una norma, un acto o un contrato.
Significa que una norma se aplica únicamente a los sujetos que lo celebraron o aprobaron, en contraposición con las normas erga omnes (frente a todos) que aplican a toda la generalidad.
Normalmente, para que un contrato tenga efectos más allá de inter partes y sea oponible a terceros, es necesario que cumpla ciertas formalidades que normalmente tienen fines publicitarios, como haber sido inscritos en un registro público.
Véase también
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